San Diego Abogada contra la discriminación por embarazo
Si usted está experimentando la discriminación por embarazo en el lugar de trabajo, usted no tiene que luchar para proteger sus derechos solo. Jimenez Loayza, APC reconoce que la discriminación por embarazo es un problema creciente en California. Queremos salvaguardar sus derechos y proteger su empleo. Póngase en contacto con un San Diego abogado laboralista para una revisión gratuita y confidencial de su caso.
Discriminación por embarazo prohibida
Ley de Vivienda y Empleo Justos de California y el federal Ley contra la discriminación por embarazo prohíben a los empresarios discriminar a una empleada por su embarazo, sus planes de quedarse embarazada o por problemas médicos relacionados con el embarazo. Algunos tipos comunes de discriminación relacionada con el embarazo que están prohibidos por estas leyes incluyen:
- Terminación
- Demotion
- Negativa a contratar
- No promover
- Asignación de tareas
- No proporcionar educación o formación
- Primas o beneficios
- Condiciones de empleo
- No proporcionar adaptaciones para afecciones médicas relacionadas con el embarazo o el parto.
Además, las empleadas que hacen valer sus derechos están protegidas contra las represalias de su empleador. Las represalias contra las trabajadoras protegidas pueden incluir el despido, el descenso de categoría, la reducción de la remuneración o la no concesión de prestaciones laborales por haber ejercido sus derechos en virtud de las leyes estatales o federales sobre discriminación por embarazo.
California Ley de Baja por Embarazo e Incapacidad
La Ley de Baja por Embarazo e Incapacidad de California concede hasta cuatro meses de baja laboral a las empleadas que sufran una incapacidad relacionada con el embarazo o una afección que pueda poner en riesgo su embarazo o a ellas mismas, independientemente del tiempo que lleven trabajando en la empresa si ésta tiene cinco o más empleados y no está exenta de la ley. Entre las afecciones que pueden justificar una baja por incapacidad figuran las siguientes:
- Aborto espontáneo
- Hipertensión relacionada con el embarazo
- Preeclampsia
- Diabetes gestacional
- Recuperación del parto
- Depresión posparto
Ley de baja médica y familiar
Los trabajadores pueden tener derechos adicionales en virtud de la Ley de Permisos Médicos y Familiares (Family and Medical Leave Act), que otorga el derecho a un permiso no retribuido de hasta 12 semanas si padecen una enfermedad grave, una incapacidad relacionada con el embarazo, cuidados prenatales o por el nacimiento de un hijo.
Para tener derecho a este permiso, el trabajador debe:
- Trabajar para una empresa con 50 o más empleados que trabajen en un radio de 75 millas entre sí.
- Trabajar al menos 1.250 horas antes de utilizar la excedencia
Programa de baja familiar retribuida
El programa de baja familiar retribuida de California proporciona prestaciones parcialmente retribuidas durante el permiso por embarazo y parto. Esta prestación proporciona hasta cuatro semanas de permiso parcialmente retribuido antes de que la empleada dé a luz y hasta ocho semanas de prestaciones del seguro de incapacidad tras el parto.
Adaptaciones razonables para empleadas embarazadas en California
Las trabajadoras embarazadas pueden solicitar adaptaciones razonables si no pueden desempeñar las funciones de su puesto de trabajo debido a su embarazo. Estos ajustes pueden incluir:
- Hacer pausas frecuentes para ir al baño
- Utilizar un taburete o una silla
- Utilizar mobiliario de oficina ergonómico
- Modificar el equipo de trabajo o la maquinaria
- Contar con la ayuda de otra persona para realizar tareas físicamente exigentes
- Disfrutar de una excedencia temporal
- Reasignación temporal de trabajo
- Modificación de las funciones
- Teletrabajo
Al igual que ocurre con otros tipos de discapacidad, las personas con discapacidad relacionada con el embarazo no tienen derecho a ninguna adaptación. Su empleador puede solicitar una verificación médica de la necesidad de la adaptación. Empleadores y empleadas deben participar en un proceso interactivo para determinar las adaptaciones razonables.
Protección de las trabajadoras embarazadas
¿Qué derechos tienen las trabajadoras embarazadas?
Las empleadas embarazadas tienen derecho a estar en entornos laborales libres de acoso, discriminación y represalias. California Empleo y vivienda justos ("FEHA") prohíbe a los empresarios acosar, discriminar o tomar represalias -incluido el despido- contra un empleado por razón de sexo. La FEHA define el sexo como el embarazo, el parto, la lactancia y las afecciones médicas relacionadas con el embarazo.
Además, la FEHA impone a los empresarios la obligación afirmativa de acomodar a las empleadas embarazadas. Algunos ejemplos de adaptaciones razonables pueden ser:
- Ofrecer horarios de trabajo a tiempo parcial o modificados,
- Reasignación a un puesto vacante,
- Permitir al empleado trabajar desde casa,
- Proporcionar a la empleada equipamiento adicional para que pueda seguir realizando su trabajo.
Así pues, los empresarios no pueden tratar a las empleadas embarazadas peor que a los demás empleados por su embarazo o porque soliciten ajustes razonables para los síntomas relacionados con el embarazo.
¿Puedo coger la baja por maternidad?
Si estás embarazada, hay dos leyes California que podrían permitirte coger la baja:
- Baja por incapacidad durante el embarazo: En virtud de la Ley de baja por incapacidad durante el embarazo ("PDLL"), una trabajadora que tenga una discapacidad relacionada con su embarazo o con el nacimiento de su hijo puede recibir hasta un cuatro meses del permiso de maternidad. Algunos ejemplos de discapacidad relacionada con el embarazo son, entre otros, las náuseas matutinas, la diabetes gestacional, la necesidad de reposo en cama u otras complicaciones médicas relacionadas con el embarazo. Esta ley sólo se aplica a las trabajadoras que trabajan para una empresa que emplea a 5 o más trabajadores.
- Permiso familiar: En virtud de la California Ley de derechos de la familia ("CFRA"), un empleado puede tomar hasta 12 semanas de permiso para, por ejemplo, estrechar lazos con un hijo recién nacido o adoptado, cuidar de la salud grave de un hijo o del propio estado de salud del trabajador. Para tener derecho a este permiso:
- El empresario debe emplear al menos a 5 o más trabajadores,
- El trabajador debe haber trabajado más de doce meses para la empresa antes de la fecha de la excedencia,
- El trabajador debe haber trabajado al menos 1.250 horas para la empresa en los últimos 12 meses.
Estos dos permisos pueden tomarse consecutivamente, por lo que una empleada embarazada puede disfrutar de hasta siete meses de permiso de maternidad. Incluso cuando una empleada agota los dos tipos de permisos antes descritos, puede exigirse a la empresa que le proporcione un permiso adicional como adaptación razonable. La FEHA impone a las empresas la obligación afirmativa de proporcionar ajustes razonables a los trabajadores discapacitados. Un ajuste razonable puede incluir tiempo libre adicional.
¿Puede mi empresa despedirme por solicitar el permiso de maternidad?
No. La empresa no puede despedirte, degradarte, imponerte medidas disciplinarias ni cambiar las condiciones de tu empleo si solicitas adaptaciones, incluido el permiso, para tu embarazo. Además, cuando una empresa concede a una empleada una baja por maternidad, debe reincorporarla al mismo puesto o a un puesto comparable.
Una de las formas más comunes de discriminación por embarazo se produce cuando la empleada se reincorpora al trabajo tras disfrutar de un permiso de maternidad. Al regresar de su permiso de maternidad, muchas empleadas descubren que su empleador las ha sustituido o degradado a un puesto menos deseable. Otros empleadores simplemente dejan de dar turnos de trabajo a la empleada, lo que en esencia se traduce en un despido. Por este motivo, muchas mujeres temen perder su empleo si se acogen a la baja por maternidad. Este temor no debe disuadirte de coger la baja a la que tienes derecho por ley. Si tiene derecho a una baja por incapacidad por embarazo o a una baja familiar, la ley California le ha concedido el derecho a coger la baja y su empresario no debe tomar represalias contra usted por invocar sus derechos.
Si cree que su empresa está tomando represalias contra usted por disfrutar de un permiso de maternidad, póngase en contacto con nuestro despacho para obtener una consulta gratuita.
¿Qué protecciones tienen las madres lactantes?
En el California, los empresarios deben proporcionar a las madres lactantes descansos y un lugar seguro y privado para la lactancia, distinto del cuarto de baño. La sala privada debe cumplir los siguientes requisitos:
- Ser seguros, estar limpios y libres de materiales peligrosos
- Contiene una superficie para colocar un sacaleches y objetos personales
- Contienen un lugar para sentarse
- Tener acceso a electricidad o a dispositivos alternativos, incluidos, entre otros, alargadores o estaciones de carga necesarios para hacer funcionar un sacaleches eléctrico o a pilas.
Además, los empleadores deben proporcionar acceso a un fregadero con agua corriente y un refrigerador adecuado para almacenar leche cerca del lugar de trabajo del empleado. Si no se puede proporcionar un refrigerador, un empleador puede proporcionar otro dispositivo de refrigeración adecuado para almacenar la leche, como un refrigerador proporcionado por el empleador.
Póngase en contacto con un abogado experto en derecho laboral California para obtener asistencia y orientación inmediatas
Si sufre discriminación por embarazo en el lugar de trabajo, póngase en contacto con nuestros abogados especializados en discriminación por embarazo del San Diego en Jiménez Loayza, APC. Nos dedicamos a ayudarle con su reclamación. Póngase en contacto con nosotros en línea o llame al (619) 320-5901 para una consulta confidencial.
DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: Esta página sólo tiene fines educativos. La información proporcionada en esta página es para darle una comprensión general de la ley y no para proporcionar asesoramiento jurídico específico. Mediante el uso de esta página usted entiende que no hay relación abogado-cliente entre usted y Jiménez Loayza, APC. Usted no debe sustituir este blog para el asesoramiento jurídico competente de un abogado con licencia, ya que el hecho de su caso puede variar significativamente.